El Notario como Coadyuvante del Estado en Materia Agraria

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C. Lic. Lorenzo Bailón Cabrera
Presidente del H. Consejo de Notarios en el Estado de Jalisco.
PRESENTE:

 

Notario Carlos I. Santiago López

La comisión para Asuntos Agrarios con la ?nalidad de coadyuvar con la intervención de los Notarios, en materia agraria, en lo relativo a su participación en los actos jurídicos para que éstos sean investidos de forma y certeza jurídica, con el propósito de hacer efectivas nuestras intervenciones, facilitando la tramitología, ante las autoridades de la Secretaría de la Reforma Agraria, la Procuraduría así como ante el Registro Agrario Nacional, como también ante los órganos de gobierno de los distintos de Ejidos y comunidades agrarias enclavadas en la geografía territorial de nuestro Estado.

Teniendo como premisa capital una equitativa y congruente intervención de los señores Notarios en los diversos actos jurídicos que nos involucran en esta materia, tomando en consideración el número de poblaciones por su clasi?cación de zonas de acuerdo a la Ley del Notariado, la cantidad de ejidos y la ubicación tanto de los ejidos como de los Notarios de la región en la que por ley tienen jurisdicción para ejercer sus funciones, para ello se ha elaborado una pequeña monografía, ilustrativa con la ?nalidad de conjuntar esfuerzos y un criterio en el desempeño de nuestro quehacer notarial en materia agraria.

Presento a esta H. Presidencia esta monografía que si tiene a bien considerar útil para el desempeño de esta institución esta encomienda se hagan las observaciones en opiniones y recomendaciones pertinentes, o en caso, de no haberlas sea aprobada como plan de trabajo a desarrollarse.

El presente ensayo tiene por objeto único el tratar de ser una guía ilustrativa sobre la actuación notarial, dentro del nuevo Derecho Agrario Nacional, ya que nuestra intervención como profesionales del Derecho se va abriendo día a día, y cada vez mas nuestra participación en la sociedad es mas solicitada y con?able, así como la actuación dentro del ámbito gubernamental, ya sea, Federal, Estatal o Municipal y organismos descentralizados.

El nuevo milenio está convulsionando a la humanidad, en todos los sentidos, lo que antes era o regía, ahora ya no, las reglas de la humanidad son otras los criterios son diferentes, la inercia del mundo se ha acelerado y forzosa y necesariamente ese movimiento ya, nadie lo detiene, esa es la razón por la que es necesario, estar preparados y aceptar el cambio y entre mas pronto mejor, y este movimiento no fue ajeno al Derecho Agrario Mexicano, que fue depositado de un largo letargo que lo tuvo cautivo durante décadas y que ahora trata de ser ágil, e?caz y paralelo al desarrollo de las demás ramas del Derecho y que al mismo tiempo abre una puerta al Notariado como una fuente de servicio a la sociedad rural, independientemente a la prestada a la colectividad en general

Atentamente,
Tonalá, Jalisco a 10 de Junio de 2004.

Lic. Carlos I. Santiago López

Prefacio

El Notariado como coadyuvante del Estado, se ha visto cada día más involucrado en la función publica ya sea a nivel, Municipal, Estatal o Federal, incluyendo en las dependencias u organismos descentralizados, ya que por imposición de ley, el Notario debe de desempeñar funciones en las distintas ramas del derecho y una de ellas es su participación en el Derecho Agrario Mexicano.

El actual Derecho Agrario impone a los notarios su actuar en su aplicación,  ya que su participación en los actos jurídicos en los que intervienen, son investidos de forma y certeza jurídica.

Dentro de la nueva Ley Agraria del 26 de Febrero de 1992, señala expresamente la intervención notarial, en cuanto a los siguientes conceptos:

1) Lista de sucesiones (artículo 17).
2) Asamblea ( artículo 23, fracciones VII y XIV).
3) El Usufructo de Tierras de uso común y de parcela en garantía, (artículo 46).
4) El Sorteo de Parcelas (artículo 58).
5) Las noti?caciones del derecho al tanto en primero enajenación al dominio pleno (artículo 84).
6) Los sorteos cuando existan  dos o más personas con el mismo grado de preferencia para adquirir la parcela.
7) La Constitución de uniones de ejidos.
8) En cuanto a las certi?caciones  de derechos ejidales y titulación de solares.

En el Estado de Jalisco, existen 1095 ejidos enclavados en los 124 municipios mas 2 de reciente creación que son San Ignacio Cerro Gordo que se independizó de Arandas y el Valle de Guadalupe que se separó de Tepatitlan de Morelos, que componen el territorio del Estado y para su actuación en el Estado se cuenta con un número de Notarios en ejercicio aproximadamente de 340, mismos que se encuentran distribuidos en 15 regiones que se describirán durante el desarrollo del presente trabajo.

Jalisco geográ?ca y territorialmente ocupa un 4.0% de la super?cie del país, sus límites y colindancias con otras Entidades Federativas se encuentran:

--- Al Norte.- Con los Estados de Nayarit, Aguascalientes y Zacatecas.
--- Al Sur.- Con Michoacán, Colima y el Oceano pací?co.
--- Al Oriente.- Con Zacatecas, San Luis Potosí, Guanajuato y Michoacán, y
--- Al Poniente.- Con Oceano Pací?co y Nayarit.

El Estado de Jalisco tiene una super?cie de 79,085 kilómetros cuadrados.
Su población se clasi?ca en urbana y rural, que juntas hacen un total de 6’607,310 habitantes siendo 1’047,317 habitantes rurales y 5’559,993 urbanos, que se distribuyen en localidades las rurales son 11,081 y las urbanas 177, que sumadas hacen un total de 11,258 localidades, concentrándose la mayoría de su población en la zona metropolitana que se integra por las ciudades de Guadalajara, Tlaquepaque, Tonalá y Zapopan, lugares que concentran un 75% de sus habitantes, habiendo ciudades intermedias, como Puerto Vallarta, Zapotlán el Grande, Lagos de Moreno y ciudades medias como La Barca, Ocotlán, Tepatitlán, Arandas, San Juan de los Lagos entre otras.

A continuación se señala una breve descripción por regiones de la situación geográ?ca que guarda cada Municipio junto con su población, así como los ejidos y Notarios con los que cuenta:







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