Notario Pedro Pablo Prado Blagg

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La Funcion Notarial En Materia Agraria

En noviembre de 1998 publiqué mi libro: La Función Notarial en Materia Agraria. De entonces a la fecha (más de ocho años) muchas cosas han sucedido y, habida cuenta de que la segunda edición de mi libro se agotó y que cada día hay más operaciones de compraventa, aportación a sociedades o fideicomiso de inmuebles provenientes del Régimen Ejidal, he creído conveniente publicar un extracto del libro citado, manteniendo el texto donde no ha sido necesario cambiarlo, actualizando los conceptos que en el transcurso del tiempo han sufrido modificaciones o bien ampliando, particularmente en el tema fiscal, los comentarios y prevenciones que a la actuación Notarial convienen.
  Notario Pedro Pablo Prado Blagg

Los Contratos en Materia Agraria

Desde la promulgación de la Ley Agraria en 1992, los abogados en general y los Notarios en lo particular, hemos debido de incursionar en la redacción de contratos en una materia que hasta hace 12 años, estaba reservada a un ámbito administrativo férreo. Reguladas las tierras ejidales y comunales por una ley restrictiva y paternalista, que impedía, prohibía, en casi todos los casos, la asociación ejidatarios y comuneros con terceros ajenos a su comunidad o status y obligaba siempre a la intervención de la autoridad agraria administrativa, para la aprobación o trámite, de todo aquello que versara sobre la transmisión de la propiedad o el uso de las tierras ejidales.
 

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Dicen los analistas y futurólogos que el cambio que estamos viviendo a nivel mundial, solo tiene parangón con las revoluciones acontecidas en el neolítico o en la revolución industrial; transformación de tal magnitud necesariamente habría de reflejarse en nuestro país y uno, solo uno de sus frutos en la regularización de la tenencia de la tierra, bajo una nueva concepción, cuyos alcances y consecuencias aun están por escribirse. Seria pretencioso y necio de mi parte tratar de analizar en esta Sesión toda la Ley Agraria, por lo que me limitare a exponer una opinión personal, estrictamente personal, derivada de mi experiencia como funcionario agrario y como notario. 
 

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