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El Estado Mexicano y la Iglesia

En la historia de nuestro país ha tenido una importancia permanente la relación que constituyen los dos términos del Estado mexicano y de la iglesia católica, concretizada en las Iglesias particulares de México; el tema ha cobrado actualidad a propósito de la entrega, al Santo Padre, de las credenciales de nuestro nuevo embajador ante la S. Sede y ha comenzado a ofrecer nuevos motivos de re?exión, tanto de parte de la iglesia, como del Estado mexicano.
 

Notario Crecencio Uribe García 

El Derecho del Tanto en Materia Agraria

En materia agraria, el derecho del tanto o derecho de preferencia, no sólo radica respecto de bienes cuyo dominio se ejerce en mancomun y proindiviso,  sino que, por el contrario, la legislación agraria establece un régimen jurídico propio, conforme al cual resulta indispensable que se noti?que de la pretendida transmisión de dominio, a título oneroso, de los derechos parcelarios al cónyuge e hijos del titular de tales derechos, a efecto de que estén en posibilidad de ejercer el derecho de preferencia aludido, so pena de decretar la nulidad de la venta.
 

Notario Crescencio Uribe García

El Derecho de Tanteo, en España, aparece ya regulado en las leyes de Partidas y es anterior al de Retracto. A diferencia de éste, el Derecho al Tanto se antepone a la enajenación de la cosa, mientras que el Retracto, es posterior a esa enajenación; ambos pueden ser obligatorios por disposición de la ley o por acuerdo convencional.
 

Notario Crescencio Uribe García 

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