Derecho privado

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La forma de las actas de asambleas de sociedades

En nuestro quehacer Notarial, las actas de Asambleas de Sociedades, han sido un tema poco tratado por los comentaristas del Derecho. Generalmente,  en los tratados de Sociedades, de tipo doctrinario, se encuentran escasas páginas que se refieran a tales actas. Los Notarios protocolizamos con bastante frecuencia dichas actas; algunas veces redactadas por nosotros mismos y en la mayoría actas, que vienen ya manufacturadas y que abundan, en ambos casos, de defectos que las hacen vulnerables en el campo judicial y más frecuentemente en el campo de los negocios bancarios, ya que nuestras protocolizaciones son muchas veces revisadas por departamentos jurídicos de diversas instituciones, que objetan la forma de tales instrumentos; en ocasiones con razón y en otras ocasiones, por falta de conocimientos jurídicos o de exceso en el cumplimiento de su deber como revisores que pretenden hacer quedar mal al Gremio Notarial o a un Notario en especial.

El punto a tratar en el presente trabajo es: ¿Cuáles son las formalidades que debe llenar un acta de sociedades para que surta efectos plenos y cuáles son los vicios en que incurrimosquienes redactamos tales actas?

 

Licenciado Cayetano Casillas y Casillas
Notario público Nº3 - Tepatitlán, Jalisco

Catecismo de Obligaciones

El presente opúsculo pretende poner al alcance del alumno, únicamente los conceptos fundamentales de la Teoría de las Obligaciones; quien desee ampliar el reducido material que presento, deberá recurrir a los autores que se mencionan en el apartado que se denomina Bibliografía.

Mi objetivo es que el estudiante conozca las bases de la materia y obtenga la mayor comprensión y memorización posible, para que durante su vida profesional recuerde losconceptos básicos, pueda despegar de tales conceptos y construir un mayor edificio que lo conduzca al éxito en el desempeño de su profesión.
 

Licenciado Cayetano Casillas y Casillas
Notario público Nº3 - Tepatitlán, Jalisco

Para entender el futuro, es necesario estudiar el pasado, y disfrutar el presente.

El ordenamiento jurídico existente en el mundo tiene dos vertientes de origen, unos es el Ius naturale, en latín derecho Natural, el cual nace de la convivencia del ser humano con las cosas de la naturaleza, como por citar algún ejemplo: los movimientos de la tierra son una gran escuela, en el movimiento de rotación, entre el día y noche el comportamiento es diferente y tienen un influjo diverso con los habitantes de la tierra; por otra parte, en el movimiento de traslación nos demuestra que los mismos habitantes se comportan en forma diversa en invierno que en primavera, y podríamos arribar a la conclusión, de que bien podríamos decir que son: leyes universales, difícilmente modificables por la mano del legislador como por citar un ejemplo: la Ley de la gravedad.-
  Juez Miguel Angel Cardenas Rodriguez
Juez 13º Civil del Primer Partido Judicial de Jalisco

El Dinero como Objeto de los Contratos

El dinero, como la mayoría de las invenciones humanas, es una creación del intelecto con una función específica: hacer más fácil la vida. Sirve al hombre para obtener otros bienes a cambio de él y así resolver sus necesidades, tanto las primarias (por ejemplo, la alimentación o el vestido), como las demás derivadas de la convivencia y de su desenvolvimiento social.

  Notario Diego Robles Farías

Riesgo y Seguridad en los Contratos

Con frecuencia en los contratos se corren riesgos, los cuales pueden preverse específicamente en el documento al ser elaborado; estableciéndose en el mismo condiciones y términos sujetos a veces a situaciones imputables o relacionados con los contratantes, a terceros ya sean particulares o de instituciones y de procedimientos administrativos que exijan trámites y requisitos determinados, de fuerza mayor o caso fortuito que conlleven que el contrato no pueda cumplirse parcial o totalmente.

 

Notario Carlos Francisco Dagdug Cadenas

Los derechos humanos son las facultades, prerrogativas y libertades fundamentales que tiene una persona por el simple hecho de serlo, sin los cuales no puede vivir como tal. Existen diversas formas de clasi?car los derechos humanos, una de las más conocidas es la llamada tres generaciones, en la que se toma en cuenta su protección progresiva.
 

Licenciado Elías Estrada López 


En nuestra patria hasta 1.978 el sentido de la familia ha estado muy ligado  en algunos rincones del país, principalmente zonas rurales, a un sentido  primitivo, vulgar y amplio como  “reunión de personas que viven  bajo el mismo techo, sometidas  a la dirección y recursos del jefe  de la casa”.
 

Decano Andrés Tortosa Muñoz

El contrato como negocio jurídico no es más que un acuerdo de voluntades; es una con?uencia de voluntades que produce efectos jurídicos, o sea, se crean, se extinguen o se transmiten derechos y obligaciones. Hagamos caso omiso de la separación entre contrato y convenio: uno como especie del otro, porque a ?n de cuentas la importación de efectos jurídicos es la misma y tomemos como genérico el término de contrato, que es una ?gura en la cual varias voluntades se unen y de la que se derivan efectos jurídicos, ya sea para la extinción, exhibición o modi?cación de derechos y obligaciones.
 

Licenciado Luis Manuel C. Meján
Director General del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles,

La sociedad, como vehículo para incursionar en el campo de los negocios, ha sido desde mediados del siglo pasado, la ?gura más utilizada por el empresario y el comerciante mexicanos.

 

Licenciado Hernán Gascón Hernández

La tarea emprendida por el Instituto Internacional para la Uni?cación del Derecho Privado, podemos considerarla de la misma magnitud de la obra emprendida por JUSTINIANO ya que se trata de uni?car en un solo cuerpo de leyes y principios debidamente sistematizado a los dos sistemas Jurídicos Contemporáneos, el latín y el sajón.
 

Doctor Jorge A. Sánchez Cordero Dávila
Vicepresidente del Consejo de Dirección del Instituto Internacional de Uni?cación del Derecho Privado

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