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En los días 7 al 11 de este mes de  noviembre se llevaron a cabo en la  ciudad de Punta del Este, Uruguay, las  XII Jornadas Notariales Iberoamericanas con la participación de más de  650 notarios de los países de Latinoamérica y Europa, con la presencia del  Presidente de la Unión Internacional del Notariado Giancarlo Laurini,  en las cuales se trataron tres temas  medulares y de evidente actualidad: 
 

Notario Odilón Campos Navarro 

I. Incidencia de la Economía  en el Derecho.
II. Informática Jurídica del Derecho Notarial y del Derecho  Registral.
III. Circulación e inscripción de  documentos provenientes del  extranjero.

En esta ocasión abordaré lo concerniente al primero de los temas en  cuya mesa bajo la Coordinación Internacional del Escribano Roque Molla  Camacho de la República Oriental  del Uruguay, tuvo una excelente participación con su ponencia el señor  licenciado Lorenzo Bailón Cabrera,  Presidente del Consejo de Notarios  del Estado de Jalisco, quien abordó  y rebatió en forma contundente los  conceptos vertidos por el Banco  Mundial en su informe anual, principalmente que consideran la intervención notarial en el trá?co económico  como un elemento caro e ine?ciente. Los conceptos que sustentan  la ponencia de nuestro Presidente del  Colegio fueron tan contundentes que  aparte de llevarse el reconocimiento  de los participantes, constituyeron el  eje de los debates, compartiendo cada  notario mexicano asistente la satisfacción por la excelente intervención  de nuestro compañero notario.

El tema tratado en el foro desde  el inicio presenta interesantes conjeturas porque no es común oír hablar  a un notario de conceptos como e?ciencia asignativa, bienestar, bene?cios, maximización de utilidades,  costos, prevención óptima, incentivos, alternativa óptima, negociación, compensación, externalidad,  etcétera, palabras que hubiéramos  considerado circunscritas al ámbito  económico y con pocos puntos de  contacto con la sentencia, el escrito  judicial, el instrumento notarial u  obras de doctrina.

Estamos acostumbrados a pensar que el valor supremo del orden  jurídico es la justicia. Precisamente  el análisis económico del Derecho  gira en torno a la noción de e?ciencia o bienestar agregado que el  derecho brinda, al considerar que  las normas jurídicas pueden ser  entendidas como intentos institu- cionales de maximizar el bienestar  social. Hay ahora una realidad en  la que la economía y el derecho se  retroalimentan y desde un punto de  vista académico resulta interesante  su estudio cientí?co. En el año de  1960 comienza la problemática  con la implementación de políticas  económicas internacionales y la globalización.

Teóricamente, es necesario tener  una visión multidisciplinaria interciencia para tender el puente que  aborde las nuevas exigencias en la  formación del economista y el jurista.
Si pensamos en un profesional que  salió de las aulas hace 30 años y se  apoya tan sólo en los conocimientos  adquiridos en su etapa universitaria  sin duda concluidos que está totalmente desfasado y fuera de época. Por ello es necesaria una motivación   para interpretar el interés de los asistentes: academia y profesión como  elementos inseparables; estimular  la re?exión de las ideas básicas de  enfoques económicos alternativos,  aprender comparando.

Para hablar de la in?uencia de  la economía en el sistema jurídico  es necesario hablar del comportamiento de los seres humanos, describir y hacer una teoría para encontrar  el nexo y mecanismo de interacción. Hay básicamente dos teorías  económicas hoy día: La neoclásica  con versión Escuela de Chicago que  se sustenta en la teoría de precios y  una segunda conocida como Nueva  Economía Institucional (costos de  transacción), sustentada en las instituciones.

Comienza a ?nes del siglo XIX  y es un movimiento europeo que  luego alcanza a Estados Unidos  de América. Parte de una cuestión  clave: La determinación de los derechos de propiedad. La reanimación  de esta teoría se da en el año de 1940  en la Universidad de Chicago, con el  estudio de Aarón Director y la ley  anti-trust. Posteriormente es abordada por Gary Becker que determina que la economía se expande e  involucra a toda conducta humana. Entre 1958 y 1973 se propone como  paradigma de acción de Estado. El  teorema de Ronald Coase viene a  ser el epicentro cuando establece  que el derecho de propiedad es el  centro de la determinación de los  costos económicos, determinados  con la fórmula: “Costo de transacción es el resultado de los costos de  información, medición, implementación y supervisión.” 

¿Pueden estos conceptos ayudarnos a entender la ley? ¿Equilibrio o  cambio? ¿E?ciencia o justicia? ¿Qué  maximizan los jueces, lo justo o lo  económico o todo tiene este último  valor? 

¿Cómo está el mundo hoy? 

Hay un proceso de globalización que  acaba con; el mundo bipolar, pero  el ser humano no cambia, cambia la  tecnología, tenemos nuestras mismas  virtudes, los mismos problemas. Hoy,  Iberoamérica está viviendo los mejores tiempos de su desarrollo ya que  en los últimos cuatro años tiene crecimientos del 4 al 7%, lo cual es una  oportunidad; pero a la vez el riesgo  de cometer errores. Si Iberoamérica  participa con el 3% en la economía  mundial, ello motiva entonces que  las reglas económicas mundiales se determinen por los países fuertes,  que operan el resto.

El reto actual no tanto para el  notario sino para cualquiera que  ejerce una profesión liberal, consiste en presentar la oportunidad de  un servicio “competitivo” que es el  factor predominante en las nuevas  relaciones de mercado occidental,  por lo tanto, cada profesión debe  procurar un análisis de su situación  para determinar en primer lugar el  estado en que se encuentra su actividad profesional, luego, analizar si el  servicio ofrecido aporta competitividad porque al mercado económico  no existe otro parámetro que le  interese.

En el servicio notarial debemos  preguntarnos en primer término: 

¿Qué sabe la sociedad de la función notarial? 

No podemos negar que en parte el  concepto social del notario es el de  un  profesional que forma parte de  una elite, que es un bene?ciado del  sistema y que su labor sólo implica el  hacer uso de formatos tradicionales  de trá?co inmobiliario y estampar su  ?rma para cobrar lo que a la sociedad le parecen muy altos honorarios. En consecuencia, ¿hasta dónde nos  hemos preocupado en proporcionar  una información pública de nuestro  papel? 

Si una persona acude a formalizar una transmisión de un patrimonio inmobiliario y el notario le  pasa un recibo o?cial o factura de  $25,000.00, casi nunca explicamos  al cliente cómo se constituye esa  factura, porque de no hacerlo el  cliente considera que su integridad  comprende ingresos personales del  notario y se ?ja la idea de sus altos  ingresos a cambio de su ?rma. Esto  debe cambiar, con la información  oportuna y clara de los conceptos que el cliente está cubriendo al  notario y esencialmente con la atención personal a que estamos obligados y evitar que se preste a través de  los colaboradores de nuestra o?cina  que vienen a ser el punto de contacto con el cliente.

Por otro lado, es importe acudir  a revisar nuestra actuación para considerar que hemos centrado nuestra  actividad principalmente en el trá?co  inmobiliario y societario. Hay que preguntarnos: ¿esta es la única actividad  notarial?, o ¿cuáles son los campos en  que debe intervenir el notario? 

Es cierto, intervenimos en aquellos actos que por disposición de la  ley requieren, de la intervención de  un fedatario. Pero debemos visualizar los demás campos de actuación  notarial, iniciarnos en el campo de la  mediación extrajudicial, pues tenemos todos los elementos subjetivos  necesarios para ello. Podemos ser  verdaderos asesores empresariales  por excelencia. ¿Qué se necesita?  Notarios preparados, notarios innovadores, notarios que conozcan el  mundo de los negocios, involucrados en la academia y la investigación  jurídica, actualizados y e?caces,  que sin duda alguna den respuesta  a cualquier reto que la economía, la  comunidad o el Estado demande.
Este es el reto que tenemos que  tomar y realizar porque tenemos  la convicción de la importancia de  nuestra actividad.

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La Incidencia de la economia en el Derecho XII Jornadas Notariales Iberoamericanas.pdf128.56 KB