XXIII Congreso Internacional del Notariado Latino Discurso de Apertura

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Discurso de apertura pronunciado por el Presidente del Consejo Pemanente de la Unión Internacional del Notariado Latino, Helmut Fessler en el XXIII Congreso Internacional de la Unión Internacional del Notariado Latino en Atenas, Grecia.
 

Notario Helmut Fessler
Presidente del Consejo Permanente de la Unión Internacional del Notariado Latino

El vigésimo tercer Congreso Internacional del Notariado Latino, fiel a nuestras tradiciones, ha retomado a uno de sus centros ancestrales, a uno de sus orígenes espirituales, al Viejo Mundo. El número vigésimo tercero no tiene en si mismo ninguna brillantez en especial, está simplemente delante de la doble docena y aquí, en Grecia, delante de este. Número, quién no pensaría en los doce cantos de Ulises, y más especialmente en los 24 cantos de la Iliada, obras que a pesar de no haber sido calificadas formalmente por parte de la UNESCO como patrimonio cultural universal, han quedado impresas en lo mas intimo de nuestro ser y forman parte indisoluble de la imagen que tenemos de la Grecia clásica llegando a convertirse en sinónimos.

El Congreso volvió a Atenas, a la belleza clásica de la antigüedad, al demo clásico, a la "polis" (~ÓlOV 1[OAtnKóv, zoon politikón), a la comunidad clásica de la democracia del siglo de oro (500-400 a.C.). Han pasado ya mas de 2.000 años desde que Marco Tulio Cicerón dijera de esta ciudad "En cualquier parte que pongamos nuestro pie hay un pedazo del pasado que nos habla".

Puede ser que la importancia de Atenas en el derecho y en su evolución, en algunos aspectos, sea inferior a la de Roma (no me vaya referir aquí a las profundas reflexiones, publicadas hace ya dos años y medio, del Presidente Stasinopoulos en lo que concierne al "notariado greco bizantino" en vez de "notariado latino"). Sobre todo, en derecho civil, Área de acción de los notarios, no se encuentran en la Atenas de la antigüedad todas aquellas instituciones que nos son tan familiares hoy en día como, por ejemplo, se encuentran después en la antigua Roma. Es verdad que algunos elementos tienen todavía hasta nuestros días nombres griegos como, por ejemplo, hipoteca y anticresis (U1[oth'JlCTJ - avnxpT]<nC;).. En cuanto a la posición jurídica del individuo, por ejemplo, la propiedad y su protección, si analizamos la posibilidad de acción para lograr el reconocimiento del derecho, constatamos que la apelación a la justicia (cSíKat), por su naturaleza, proviene del derecho penal. Esto rige, en principio, por supuesto, para Dracón (si existió realmente), a continuación para Salón, el gran hijo de esta ciudad y uno de los Siete Sabios del mundo antiguo y más tarde rige para todo el sistema jurídico de la antigüedad, (más o menos durante los años 640 -561 a.C.). Por lo tanto, no encontramos en Atenas (todavía) las bases de nuestro sistema actual del derecho civil.

Sin embargo, hay algo que encontramos en Atenas exactamente en su máxima perfección: la filosofía del derecho. Quién otro podría filosofar de la forma más adecuada acerca del concepto central de la justicia que Platón (especialmente en las "Leyes"-Nó~ot-) y Aristóteles (especialmente en "La Moral a Nicómaco y La Política" Heucá. NtKO~XSta xrn Ta TIoAtnKá). Si tratamos de seguir el hilo de sus pensamientos, si establecemos la diferencia entre la justicia conmutativa (entre los individuos entre sí) y la justicia distributiva (entre los individuos y el conjunto social), reconoceremos, como lo han hecho los dos grandes pensadores, que estos dos ideales sólo pueden realizarse (aunque sea aproximadamente) allí donde existe la libertad. Sólo si se es verdaderamente libre se puede ser verdaderamente justo. Sólo quién es justo puede ser verdaderamente libre. Esto lo comprobamos cotidianamente y muchos lo han experimentado en forma personal. La justicia y la libertad constituyen la base fundamental de nuestra profesión. No lo debemos olvidar nunca ya que, superficialmente por lo menos, las formas notariales pueden ser vistas como una restricción o, cuanto menos, como un impedimento a la libertad.

El profesor alemán de Derecho Civil y Filosofía del Derecho, Rudolf van Jehring 1818-1892) ha dicho refiriéndose a las normas del Derecho Civil: "La forma es a hermana gemela de la libertad". Sobre la tierra, por supuesto, no se puede gozar de una libertad sin límites, esto es un axioma. Nuestra libertad está asegurada con el límite codificado. Por una parte, cada uno de nosotros se ve imitado en su libertad por la libertad de los otros. Por otra parte, para que exista una libertad absoluta es necesaria la absoluta comprensión y el conocimiento absoluto. Tenemos necesidad de protección de la libertad de los otros y de nuestra falta de conocimiento. La forma notarial nos ofrece esas dos protecciones. Nuestra libertad encuentra el sentido, la compatibilidad social y, por lo tanto, el beneficio a través de la forma. Aquí no se trata de una frase vacía o de un encantamiento mágico, por el contrario, la forma presupone un procedimiento reglamentado de asistencia legal independiente y competente ejercida por una tercera persona de confianza, o sea el notario.

La forma, por su parte, si quiere tener un sentido lógico, exige su hermana gemela: la libertad. Ésta puede ser útil solo a un ciudadano y cliente libre y sólo un notario libre puede desarrollar la plena función de la forma. Sólo con libertad nos acercamos al ideal de justicia. Esto rige tanto para la justicia conmutativa y distributiva como para todo ciudadano y para el conjunto social. El notario se encuentra en el punto de contacto de ambos tipos de derecho al servicio de sus clientes y del conjunto de la sociedad.

Allí donde impera la justicia y la libertad existe la paz, la paz social. Aquí está la verdadera Misión del Notario de tipo Latino: siendo profundo conocedor del proceso del documento forma, está al servicio de la paz social, con justicia y libertad. Existen 68 Notariados Nacionales en todo el Mundo que están, actualmente, a favor de esta misión y están reunidos en esta nuestra Unión, a cual se fundó hace 53 años exactamente. Recién ahora hemos decidido que dos miembros más ingresen a nuestras filas o un miembro más ingrese a nuestras filas.

A pesar de los esfuerzos morales e intelectuales a favor de la paz, sabemos que reasegurar y conservar la paz es costoso. Y el sistema de seguridad del Notariado Latino cuesta mucho dinero también, dicen algunos de nuestros detractores. Nosotros contraponemos dos puntos.

• En muchos países de Notariado Latino la retribución depende del monto de la acción contractual y es obligatoria. Ese monto se estipula a través de una lista de precios la cual, muchas veces, está determinada por el propio legislador.

• Existen muchos análisis comparativos relativos al costo del ejercicio del derecho en países de notariado latino por una parte y en Estados Unidos como país donde se aplica el common low, (con la excepción de Luisiana) por otra. Por ejemplo, en un análisis realizado en 1992 al cual se hace referencia muy frecuentemente, aparece un coste ocho veces mayor referido al PIB (Producto Interno Bruto) de la economía nacional de los EEUU y comparándolo con un país, como por ejemplo, Italia. Otros estudios realizados en Universidades extraen conclusiones más o menos parecidas. Se trata de estudios que tratan de combinar puntos de vista teóricos con investigaciones empíricas. Estos estudios deben continuar y deben profundizar cl tema y luego, algo muy importante, deberán publicarse. Ningún argumento es más convincente para el legislador y para la sociedad en general que el bajo precio y el mayor rendimiento.

La agresión es desconocida para la profesión pacífica y pacificadora del Notario. Hasta su más leve forma de expresión nos causa dificultades. No obstante, debemos tener en cuenta que otras profesiones legales no son tan cautelosas. Los marcha de éstas muchas veces acompaña la marcha del otro sistema legal, especialmente cierto sistema legal, que no conoce el Notariado de tipo Latino. Actualmente somos testigos de un antagonismo entre sistemas (legales) en todas partes.

• En los estados donde, como resultado de revoluciones políticas, hace diez años, se ha creado un nuevo sistema de common low liberal que todavía está en proceso de formación.

• En los estados cuyas economías están abriéndose ahora y seguirán abriéndose más en el futuro y como resultado de ello se requiere una nueva ley civil adaptada a esa apertura.

• En los estados tradicionales de ley civil codificada, donde las organizaciones internacionales tales como el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional, la Organización Mundial del Comercio tienen un control directo.

• En los estados tradicionales de ley civil codificada que han transferido parte de su soberanía económica a organizaciones supranacionales, como NAFTA (North American Free Trade Association), MERCOSUR y la Unión Europea, por lo tanto se encuentran frente a un sistema legal el cual, sólo aparentemente, está (más) libre de control y por lo tanto supuestamente mejor.

Nuestra profesión necesita la imagen abierta positiva y auto confidente de lo que denominamos, de una manera positiva, Marketing. El Marketing requiere una clara definición del servicio prestado, del producto y también de la marca distintiva.
Con sus exigentes temas, este año el Congreso sigue los mismos objetivos. Ofrece la oportunidad por un lado a todos los notarios de definir nuestra posición en un mundo en continuo movimiento, por otro ofrece al público (no exclusivamente jurídico) la posibilidad de tomar conocimiento de la voluntad y de la disponibilidad del notariado a preparar un porvenir con iniciativas ingeniosas.

• Mañana no se tratará el tema de mediación solamente porque está "en boga", si no porque es un rico potencial para evitar litigios, potencial de conciliación y de pacificación.

• La función notarial creadora de derecho destaca las raíces de nuestra profesión. "Quod notarius lex est" es el lema de nuestra Unión. Por otra parte, este tema encara el porvenir resaltando e efecto pacificador de nuestra profesión en un mundo cada vez más complejo.

• Asimismo el tercer tema relativo a la circulación del documento notarial y sus efectos como título legitimador en el tráfico jurídico dará respuestas a las preguntas que puedan plantearse en ámbito del comercio transfronterizo.

• En fin, el foro destaca su orientación futura ya en su título

No deseo anticipar las conclusiones de las tres comisiones y de los debates del Foro, pero desde ya estoy seguro que el trabajo durante los próximos días contribuirá esencialmente a lograr el doble objetivo del congreso: Es decir, para nosotros una definición de nuestro puesto en el mercado jurídico; para la sociedad una clara presentación de lo que el notario es capaz con su producto de marca, la autenticidad del documento público notarial, unido al asesoramiento competente e imparcial de una tercera persona digna de toda confianza, así como el valor que su actividad representa en el mantenimiento de la paz social, garantizando la justicia y la libertad.

El Congreso ha vuelto a Atenas. Aquí, en Atenas mismo tuvo lugar el XI (décimo primero) Congreso, hace treinta años. En aquel tiempo la Unión tenía su primer presidente alemán, hoy el segundo. Ello es para mí un honor y un deber al mismo tiempo.

Deseo a todos que este XXIII (vigésimo tercero) Congreso Internacional del Notariado Latino sea exitoso como los anteriores, en particular como el XI (décimo primero).

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